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DESCUENTO COMERCIAL |
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En la vida de una empresa, según las características de la misma, a veces los clientes les pagan sus ventas con efectos a plazo, bien sean letras de cambio o pagarés. La empresa podría guardarse estos documentos hasta el vencimiento y cobrarlos al mismo, pero esto en la practica diaria no puede ser así, ya que la mayoría de las empresas tienen que realizar tesorería para atender sus propias compras y gastos, por lo que recurren al Descuento Comercial. Este consiste en que las Entidades Financieras o Bancos, nos adelantan el dinero de estos documentos hasta el vencimiento de los mismos, claro está, esto lo hacen cobrándonos unos intereses por el tiempo de aplazamiento, más unas comisiones de cobro y negociación como veremos más adelante. En el caso de que se produjese una devolución de un efecto o pagaré por parte del librado, tendría que hacerse cargo la empresa por ser el último endosante al Banco o entidad Financiera. |
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El cálculo de los gastos de una remesa de efectos, sean pagarés o letras de cambio, se realiza por medio de la fórmula denominada del carrete, o sea, para calcular los intereses sería C x T x % /36000, dicho de otra forma el capital por el tiempo (en días) por el tipo de interés y partido por 36000 ya que se trata de días, sería esta última cifra por 1200 si se tratase de meses y 100 si se tratase de años. En el descuento comercial hay que tener en cuenta dos aspectos: el primero si se trata de un descuento normal en el que el librados soporta los gastos, es como hemos explicado, pero si, por el caso contrario tuviésemos que incrementarle los gastos a la remesa de efectos para que los soportase el cliente, tendríamos que emplear otra fórmula y sería la siguiente: C x r.t/36000 - r.t, siendo r el tanto por ciento y t el número de días. Esto nos daría los gastos a incrementar a la remesa de efectos a cargo del cliente. Veremos los dos casos. |
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La contabilización de una remesa de efectos sería: por el montante de la remesa se adeuda al banco por este importe y abonando a los clientes en sus cuentas. Al recibir los gastos, los impuestos se adeudarán a la cuenta de IVA soportado y los gastos a la cuenta 664 de intereses y gastos por descuento de efectos, abonando al banco por el importe de todos los gastos. Existen otras dos cuentas donde se contabilizaría el riego bancario hasta el vencimiento de los efectos, que serían Efectos Descontados Pendientes de Vencimiento y Acreedores por efectos descontados. A continuación podremos realizar el descuento de una remesa de efectos, bien de manera normal o incrementándole los gastos. | |